Juicio de partición

El juicio de partición o partición forzosa se traduce en la división de los bienes que componen la herencia entre sus herederos. La partición de bienes puede hacerse por el causante (fallecido) a través de un testamento, es decir, planificada por este último. La ley también admite que los herederos de común acuerdo lo hagan y en caso no exista acuerdo, lo hará un juez partidor en el contexto de un juicio de partición.  

En este juicio particional, se origina típicamente cuando existe oposición de alguno de los herederos en vender parte o el total de los bienes que componga la herencia a través de una figura de un juez partidor, que es un árbitro designado por un tribunal de justicia.

Nuestra Asesoría Incluye:

  • Asistencia legal otorgada por un abogado en juicios particionales.
  • Redacción de la demanda de designación de juez partidor.
  • Representación del o los herederos en el juicio particional.
  • Inscripción de los Bienes Inmuebles, en caso ellos existan en la herencia, ante el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

Debes considerar

    • Los honorarios del juez partidor, que podrían oscilar entre un 10% y un 20% de la conversión en dinero de la masa hereditaria. 
    • A fin de determinar el valor o precio de los bienes que componen la herencia, se nombran peritos encargados de objetivar los mismos, profesionales que deben remunerarse por parte de los solicitantes.

Proceso realizado por un abogado experto

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